EL ESEQUIVO ES NUESTRO: La Guayana Esequiba
En ese entonces, La Capitanía General
contaba con una extensión territorial de 1.500.000 km2 aproximadamente. En el
año de 1797 Trinidad, deja de formar parte ya que es tomada militarmente por el
Imperio británico, la cual posteriormente, en 1802 mediante el Tratado de
Amiens la Corona española sede ese territorio a los británicos, sellando de
esta manera la separación definitiva del territorio venezolano. Y así
transcurre el tiempo hasta 1810 y el “uti possidetis iuris” o “como poseéis de
acuerdo al derecho, así poseeréis” es una norma del Derecho Internacional, y su
puesta en práctica fue por su principio de los estados independizados heredan
las mismas fronteras y territorios que la conformaban siendo colonias.
En 1897, Venezuela es obligada a
firmar por parte de Estados Unidos y Gran Bretaña un Tratado de Arbitraje y es
donde nuevamente transcurre el tiempo hasta 1899, cuando es llevado a cabo a
consecuencias de la expansión territorial británica hacia el territorio
venezolano el Laudo Arbitral de Paris el 3 de octubre, donde se despoja a
Venezuela de aproximadamente 160.000 km2 definiendo la frontera entre Venezuela
y la entonces Guayana Británica. La sentencia fue dictada por un tribunal
internacional. Un Tribunal conformado por 5 miembros; dos (2) jueces
estadounidenses en representación de Venezuela sin que se pudiera nombrar sus
propios representantes, dos (2) jueces británicos y un (1) jurista ruso quien
sería el árbitro neutral en la disputa.
La disputa tiene su origen en la época
de la Capitanía General de Venezuela, donde España reconoce al este del cauce
natural al este del Rio Esequibo como límite oriental y esta frontera colinda
con la Colonias Neerlandesas ubicada al oeste del rio, que más tardes en 1814
tras las Guerras Napoleónicas seria territorio británico. Posteriormente el
explorador Robert Schomburgk en 1841 traza una línea fronteriza que despoja el
territorio venezolano de aproximadamente 142.000 km2 trasladando los limites
hasta la desembocadura del Rio Amacuro, allí Venezuela protesta argumentando
que sus límites comprendían desde la orilla este del Rio Esequibo y se basa en
el “uti possidetis iuris” de la época colonial venezolana.
Este trazado limítrofe por parte de Gran
Bretaña sobre el territorio venezolano, da partida a las reclamaciones
territoriales que conllevaron al Lauda Arbitral de Paris en 1899. Que para
Venezuela se considera sin fuerza legal ni valor, ya que se le adjudica al
Reino Unido el territorio de la Guayana Esequiba hasta el rio Cuyuní, mientras
que Venezuela conserva el control sobre la desembocadura del rio Orinoco.
Venezuela califica de nulo e írrito el
laudo, argumentando que el fallo fue un arreglo o pacto y considera inmoral e
ilícito y llevado a espaldas de los intereses venezolanos. Así continua la
disputa sobre ese territorio Esequibo hasta 1962, es cuando Venezuela denuncia
formalmente ante La Organización de Naciones Unidas (ONU) la nulidad del Laudo
de 1899 al hacerse público un escrito del abogado estadounidense Severo
Mallet-Prevost donde confiesa sobre el arreglo político y un pacto entre los
jueces ruso y británicos durante el Arbitraje y posterior fallo.
Transcurrido el tiempo, el 17 de
febrero de 1966 se lleva a cabo el Acuerdo de Ginebra entre Venezuela y el
Reino Unido para la consulta sobre la Guayana Británica y la finalidad de
establecer una solución pacifica por el territorio Esequibo y la nulidad del
Laudo de 1899 por parte de Venezuela por este ser nulo e írrito. El 26 de mayo
de 1966 la Guayana Británica se independiza de Gran Bretaña y cambia su nombre
oficial al de Guyana y quien hereda la controversia sobre la Guayana Esequiba,
y el resolver pacíficamente el reclamo territorial por ambas naciones.
Este territorio del Esequibo, es
altamente rico en recursos naturales, minerales y petróleo. Se encuentra bajo
la administración y control de Guyana, y Venezuela mantiene su reclamo sobre la
soberanía. En la década de 1999 a consecuencia de la aprobación de la
Constitución Nacional de Venezuela y su Título II Capitulo II en su Artículo 10
se establece el territorio y demás espacios geográficos de la República los
correspondientes a lo previsto en la Capitanía General de Venezuela.
Ya entrado el siglo XXI y transcurrido
algo más de 100 años del Laudo, con una constante controversia por la Región
Esequiba, en el año 2004 bajo el gobierno del Presidente Hugo Chávez frías, fue
llevada a cabo la disputa con mucha flexibilidad, aunque persistió el reclamo
sobre el área. Fue entonces durante una visita presidencial al vecino País,
donde se expresó por parte de Venezuela, el no haber ninguna obstrucción al llevar
a cabo por parte del Gobierno Guyanés algún proyecto en la región del Esequibo,
y donde fue presentado un Recurso de Nulidad ante el Tribunal Supremo de
Justicia venezolano por parte del abogado venezolano Herman Escarrá de declarar
la nulidad de lo expresado por el ciudadano Presidente venezolano sobre el tema
del territorio de Esequibo.
Transcurriendo el tiempo y entrada la
década del 2010 cuanto la Diplomacia hacia su trabajo, nuevamente en el año
2015 se llevan una serie de eventualidades extremadamente serias entre
Venezuela y Guyana por la Región del Esequibo a consecuencia del descubrimiento
de petróleo y gas natural frente a las costas del Esequibo, el conflicto se
intensifica reactivando nuevamente el reclamo. Venezuela entonces comienza una
serie de medidas como lo es el Decreto N° 1787 donde crea las Zonas Operativas de
Defensa Integral Marítima e Insular (ZODIMAIN), mientras también se propone en
la Asamblea Nacional detener las exploraciones en la Zona del Esequibo
autorizadas por Guyana con empresas extranjeras.
A su vez, Diputados venezolanos proponen crear
el “Estado del Esequibo” y realizado un referéndum consultivo en el año 2023
sobre la anexión del Territorio en reclamación, se aprueba la Ley Orgánica para
la Defensa de la Guayana Esequiba publicada en Gaceta Oficial el 3 de abril de
2024 y elevando esta región como el Estado número 24 de Venezuela, siendo la
ciudad de Tumeremo su capital provisional. Todo esto ocurre bajo el Gobierno
del Presidente Nicolás Maduro Moros, quien lleva a cabo un proceso electoral para
la elección de un (1) Gobernador, ocho (8) Diputados y siete (7) legisladores
regionales, mientras en Guyana sube la tensión, y su Presidente promete defender
su posición y ante lo que considera una provocación, advierte que quienes
participen o apoyen este proceso llevado a cabo por Gobierno venezolano podrían
enfrentar cargos por traición.
Ya en la actualidad, la Presidenta
encargada de Venezuela Delcy Rodríguez, a liderado personalmente la disputa del
histórico territorio del Esequibo con Guyana, donde argumenta defender lo
tratado en el Acuerdo de Ginebra de 1966 y rechaza la jurisdicción de la Corte
Internacional de Justicia (CIJ), ya que la controversia debe resolverse por
medio de negociaciones entre las partes Guyana – Venezuela y no por dictamen o
fallo unilateral de la CJI.
La Presidenta (E) venezolana, ha
mantenido la postura de que el territorio en disputa con Guyana es exclusivo de
Venezuela, su titularidad es venezolana. Entre el 10 y 11 de mayo de 2026 ante
La Haya capital de los Países Bajos, sede de la Corte Internacional de Justicia,
la Presidenta (E) recalca que en el Articulo 4 del Acuerdo de Ginebra de 1966
no muestra en ninguna parte de su contenido alguna cláusula que otorgue competencias
en la disputa a la CIJ y destaca ser, el único País que tiene titularidad
histórica sobre ese territorio desde que era una unidad administrativa de la
Colonia Española hasta que Venezuela es República.
Por su parte Guyana argumenta la
Validez del Laudo Arbitral de 1899, territorios heredados del Imperio Británico
tras su Independencia, donde se han llevado a cabo la administración y
desarrollo del ejercicio de soberanía por más de un (1) siglo. Argumenta
también que, gracias a este territorio por sus recursos naturales es vital
conservarlo como suyo, ya que es indispensable para su supervivencia como
Nación, también interpreta que el Acuerdo de Ginebra de 1966 solo fue para
establecer mecanismos de solucionar diferencias procesales y no para anular el
Laudo Arbitral de 1899 y así, anular también las fronteras allí establecidas.
El caso se encuentra jurídicamente
hablando en la fase de litigio, existe una vasta referencia bibliográfica en
cuanto a la controversia. Venezuela y Guyana dan sus respectivos argumentos de
derecho sobre este territorio conformado aproximadamente por 160.000 km2.
Todos los argumentos son válidos,
todos tienen derechos sobre esa región, solo queda el recalcar lo que la
historia nos dice en referencia a ser un libro cerrado con verdades absolutas,
y que sirve para conocer el pasado, entendiendo el presente y construir nuestro
futuro. Es allí, donde los venezolanos nos detenemos a recordar lo acuñado por
el ilustre poeta, escritor y político Andrés Eloy Blanco, sobre la histórica
frase para recordarnos que el extremo oriental del territorio venezolano abarca
también la región de la Guayana Esequiba y dice: “El Sol de Venezuela nace en
el Esequibo”.
BIBLIOGRAFIA
CNN (2026) “La
disputa por el Esequibo se debate en la CIJ. Esto argumentan Venezuela y Guyana”
CNN en Español Venezuela:
Disponible en https://cnnespanol.cnn.com/2026/05/06/venezuela/audiencias-cij-esequibo-argum
entos -venezuela-guyana-orix
Constitución de
la República Bolivariana de Venezuela (1999). Gaceta Oficial No 36.860 del 30
de diciembre de 1999.
Kuris, Melissa (2017) “La disputa
entre Venezuela y Guyana por el oro negro del Esequibo” Cerrito 1266
piso 7° Of. 31 C1010AAZ - Buenos Aires República Argentina; Disponible en https://www.cadal.org/publicaciones/articulos/?id=9769
Ministerio del
Poder Popular para la Comunicación y la Información (2015), ”Nuestro Esequibo” parroquia Altagracia,
Caracas-Venezuela. Impreso en la
República Bolivariana de Venezuela 2015. Disponible en https://www.armada.mil.ve/wp-content/uploads/2023/11/Libro-Nuestro-Esequibo.pdf
Natalia
(2023) “¿Qué
es el Esequibo y por qué Venezuela lo reclama?” Revista El Orden Mundial
https://elordenmundial.com/que-es-esequibo-por-que-venezuela-reclama/
PRODAVINCI
(2026). “Esequibo: un conflicto de más de
124” Caracas – Venezuela; Disponible en https://esequibo.prodavinci.com/2/
No hay comentarios.:
Publicar un comentario